LO QUE ES Y LO QUE NO ES (UN JUICIO PENAL)

El juicio que está teniendo lugar en estos días en el Tribunal Supremo es un juicio penal contra unas personas determinadas que son inocentes a priori; que el Estado piensa que han podido cometer un delito, y que las acusaciones tendrán que probar que así lo hicieron. Demostrar que han  infringido preceptos en los que el ordenamiento jurídico vigente castiga como delitos determinados comportamientos por su gravedad, sin la más mínima duda. Concretamente, la Fiscalía les acusa de los delitos de rebelión agravada con malversación (Junqueras, Turull, Rull, Romeva, Bassa y Forn), únicamente de rebelión (Sánchez, Cuixart y Forcadell) y de desobediencia y malversación (Borràs, Mundó y Vila), unas acusaciones que, por su parte, la Abogacía del Estado rebaja a sedición, y a las que Vox añade el delito de organización criminal para todos los procesados.

No es un juicio al secesionismo, ni a sus votantes, ni al Estado de Derecho, ni a España ni a Cataluña; ni a nuestras leyes o instituciones; es un juicio a determinadas personas por la comisión de determinados hechos. Como dice @Tsevanrabtan: “Un  juicio debe ser, en suma, algo muy serio. No es un plató de televisión. Ni siquiera un parlamento. No es un lugar para ejercer la libertad de expresión, entendida en un sentido amplio. Es uno de esos pocos lugares lleno de reglas en los que la forma es inescindible de su fin natural”. Da igual lo que unos u otros “se sientan”, o lo que se deba decidir en el futuro. Tsevan Rabtan lo explica muy bien aquí.

Una vez que tenemos claro esto, y habiendo seguido casi la totalidad de las sesiones, hay varias cuestiones que me gustaría comentar, sobre todo teniendo en cuenta que mucha gente que me está leyendo puede que nunca haya estado presente en un juicio penal.

En primer lugar, el Tribunal Supremo está siendo extremadamente garantista, o como diríamos en lenguaje coloquial, se la está cogiendo con papel de fumar. Es evidente que no estamos ante un juicio cualquiera: retransmitido en directo por internet, en audio y video. Por eso me hizo mucha gracia las peticiones de algunos de estar presentes en el juicio, como Amnistía Internacional o Quim Torra. En primer lugar, los juicios en España son audiencia pública (salvo raras excepciones), por lo cual cualquiera puede entrar a verlo (artículo 120 de la Constitución Española y 680 de la ley de Enjuiciamiento Criminal). El Supremo y su presidente Manuel Marchena están siendo extremadamente generosos con los acusados, y están tolerando discursos y soflamas propagandísticos en respuestas a preguntas de la acusación que ya les digo yo que en un juicio normal no durarían ni un minuto. Como la mayoría de los acusados ha renunciado a defenderse y sólo piensa en recurrir la sentencia al Tribunal de Estrasburgo (se suele decir que cuando recurres por derechos fundamentales o tutela judicial efectiva, en muchos casos es porque no tienes nada a lo que agarrarte para recurrir), sus respuestas en los interrogatorios parecen más propias de un mitin. En este sentido, los jueces están prefiriendo pecar por exceso, para que nadie les pueda decir que no han sido tremendamente garantistas con el derecho a la defensa de los acusados. La retransmisión televisiva acentúa ese efecto.

En este sentido, y discrepando con mi admirada @Proserpinasb, a la Fiscalía la veo en general un poco espesa, no preguntando de forma concreta ni acertada, sabiendo además que a la mínima tanto los acusados como ciertos testigos te van a montar un mitin político. La Abogacía del Estado lo ha hecho mejor, en mi humilde opinión. No obstante, es cierto que el fiscal Zaragoza hizo un alegato impecable al inicio, desmontando una por una todas las mentiras de los independentistas, y como muestra un botón: el político, “como cualquier ciudadano está sujeto al Código Penal”, porque la actuación política no justifica “expulsar la Constitución y sustituirla por una legislación paralela”; “imponer” una segregación territorial; “utilizar a miles de ciudadanos para incumplir las leyes y las resoluciones judiciales”; desobedecer “de forma contumaz” al Tribunal Constitucional; convocar a miles de ciudadanos y “mantener secuestrada” a una comisión judicial bajo el pretexto de “un ataque a Cataluña”; ni “agitar a miles de ciudadanos sabiendo se les abocaba al enfrentamiento violento con las fuerzas policiales” el 1-O.

En segundo lugar, hasta ahora sólo uno de los acusados se ha defendido jurídicamente: Joaquín Forn, que muy bien preparado por su letrado, se centró en rebatir a la acusación los hechos y su encaje en los tipos penales de los delitos de los que se le acusa. Tiene a su favor la presunción de inocencia y la dificultad que tendrán las acusaciones de probar que los hechos (o lo que se declare como hechos probados) encajan de forma verosímil en los comportamientos recogidos como delictivos en el código penal; que como mínimo en el delito de rebelión es discutible. Aunque su comportamiento contradictorio de “cumplir” las resoluciones por un lado y votar por el otro huela más a una conducta propia del “Astut” Mas, y puede dar la sensación a la Sala de nadar y guardar la ropa.

El resto de ellos han aprovechado sus turnos de interrogatorio para, o bien como Junqueras, definirse como una buena y pacífica persona que nunca ha roto un plato, y que es partidario de la no violencia, incluso que “ama a España y a los españoles”; o bien como Cuixart, que es una mezcla de Luther King y Gandhi, y que tuvo las pelotas (con perdón) de citar a Hanna Arendt, nada menos. Además, comparó las leyes racistas que en determinado momento estaban vigentes en EEUU con la Constitución Española. Con dos cojones. Esta última es una estrategia suicida, en mi opinión, como la del señor que afirma ser una bellísima persona querida por sus vecinos, que amaba profundamente a su mujer, y por eso la asestó diecisiete puñaladas. El Derecho penal de autor no está reconocido por aquí, ni tiene muchos defensores. Aviso a navegantes.

En tercer lugar, como jurista uno de los argumentos más divertidos que se han lanzado por parte de las defensas es que la declaración unilateral de independencia fue una declaración política, y que como no se publicó en el boletín oficial correspondiente no tuvo efectos jurídicos. Vamos, que iba de farol. Como si hubiese un instrumento jurídico específico previsto para dar un golpe de Estado. Con esa genial idea, Carmen Forcadell en su interrogatorio se inculpó por desobediencia ella solita. Menuda estrategia.

Y es que me ha llamado la atención la ignorancia supina en la que vive mucha gente, opinadores y tertulianos incluidos. El numerito de los dos diputados de la CUP negándose a contestar a las preguntas de Vox como acusación popular demostró dos cosas: que es urgente que la gente sepa cosas básicas de Derecho, y hoy en día informarse es más fácil que nunca; y que a ellos les importaba más montar el numerito con Vox que el interés o la absolución de los acusados que les propusieron como testigos, porque al negarse a contestar a las preguntas de Vox ya no podían contestar a las preguntas de los demás, incluidas aquellas que pudieran formular los letrados de los acusados que les propusieron como testigos. Porque no me puedo creer que hicieran esto ignorando las consecuencias. Pues ahora tienen 2.500 razones nuevas para meditarlo, y plazo para recapacitar, o por el contrario pueden ser acusados de desobediencia. Creo que a estas alturas ya han comprobado las diferencias entre un tribunal y un plató de TV3.

Por otra parte, hay una cierta confusión entre los acusados respecto del concepto de democracia, y su relación con la ley. Uno de los mantras más repetidos es que la democracia está por encima de la ley, que los acusados tenían un compromiso con el pueblo de Cataluña y que estaban cumpliendo un mandato democrático. Pero nuestro sistema legal (Constitución y Estatuto de autonomía incluidos) nos lo hemos otorgado entre todos, y precisamente entre todos debemos decidir si lo modificamos o no, no solamente una parte de nosotros. Como dice Roger Senserrich “El ordenamiento jurídico en una democracia moderna no es un juguete hecho de Legos donde los políticos pueden quitar o poner piezas siguiendo las consignas del público o la crítica. No es algo que un líder autonómico o nacional pueda romper a martillazos simplemente porque no le gusta, no está cómodo, o porque en campaña electoral ha prometido destrozarlo entusiásticamente. La ley, el Estado de Derecho, exigen que la estructura legal del sistema se base en la idea que hay cosas que son demasiado importantes como para poder votarlas sin más, sin debates detallados, mayorías agravadas y protecciones especiales. Algunas leyes están por encima de la democracia, precisamente porque sin ellas la democracia no es posible”. Usar este argumento delante de un tribunal es un sinsentido, desde un punto de vista estrictamente jurídico. Como me consta que tengo lectores curiosos y con tiempo para leer, una vez más, Tsevan Rabtan sobre este tema.

Para terminar, hay gente que habla ya como si el juicio estuviera casi terminado, sobre si queda o no acreditado el delito de rebelión o el de sedición. Pero hay que tener en cuenta que la testifical incluye más de 600 testimonios, y falta la parte de las pruebas periciales y documentales. Sólo hemos rascado la superficie. Es cierto que el juicio en general está siendo ágil, pero nos queda muchísimo. Se calcula que con suerte puede estar visto para sentencia en abril. Volveremos por aquí, porque queda mucha tela que cortar.

PD: recomiendo por su interés para seguir el juicio en Twitter las cuentas de dos abogados en ejercicio que ya he citado más arriba, @Proserpinasb y @Tsevanrabtan